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Los aperos remolcados adquiridos antes de febrero de 2020 no necesitarán homologación

Unión de Uniones consigue que los aperos remolcados adquiridos antes del 21 de febrero de 2020 puedan seguir circulando por la vía pública sin homologación. A la luz de esta modificación de la normativa, piden que se retiren todas las sanciones impuestas a los aperos remolcados adquiridos antes del 21 de febrero de 2020

Profesional AGRO - Madrid 22/07/2021

Los aperos remolcados adquiridos antes de febrero de 2020 no necesitarán homologación

Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, tras distintas reuniones con el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Industria y el Ministerio del Interior, ha conseguido que se permita la libre circulación de aperos remolcados adquiridos antes del 21 de febrero de 2020, sin homologación.

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La organización agraria había mostrado su desacuerdo ante la instrucción 20/V – 139  de 21 febrero de 2020 cuyo objetivo era el de adecuar la definición de apero a la normativa europea. En esta, todos los aperos remolcados pasaban a ser considerados vehículos, al ser considerados equipos intercambiables remolcados, de acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de febrero de 2013.

Unión de Uniones criticó duramente esta decisión ya que la instrucción, por un lado, podía dejar fuera hasta entre un 30 y un 40% de la maquinaria que se usa para la preparación del terreno o el laboreo en España, fruto del incremento de los requisitos de homologación de aperos remolcados entrados en vigor desde 2017 y, por otro, contemplaba una serie de obligaciones (matriculación, ITV o seguro obligatorio) que complicaba todo el proceso.

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La organización celebra que los Ministerios competentes hayan rectificado en este sentido y permitan que los aperos remolcados adquiridos antes del 21 de febrero de 2020 puedan seguir circulando sin problemas, llevando consigo la factura de compra – en el caso de disponer de ella – y una declaración responsable conforme a lo establecido en la normativa.

Por lo que respecta a los adquiridos después de esta fecha, sí tendrán que estar correctamente homologados y cumplir todos los requisitos que están contemplados en la normativa.

Retirada de multas

Asimismo, Unión de Uniones pide que las administraciones que hayan sancionado a agricultores por circular con aperos remolcados adquiridos antes del 21 de febrero de 2020 actúen de oficio y se les retire la sanción abonando el importe íntegro de la misma a los agricultores afectados.

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